Gestión de la Emergencia del Volcán de la Palma (VI)
Semáforos Volcánicos: Actuaciones asociadas a cada color
1) Semáforo Verde: Situación de Prealerta.
Cuando ocurre la situación de prealerta, como predicción de procesos eruptivos a medio plazo, deben dirigirse comunicaciones a la población bajo condición de semáforo verde y a los órganos del Plan capaz de inducir un estado de atención y vigilancia sobre las circunstancias que la provocan. Deben llevar implícitas las tareas de preparación con el objeto de disminuir los tiempos de respuesta para una rápida intervención y mantenerse atentos a la recepción de nuevas informaciones.
El Comité Científico determinará la condición que marca el inicio de una actividad volcánica que sugiera un incremento significativo que podría continuar hacia un proceso eruptivo. Para esta situación se prevén dos posibles condiciones, una inicial con una actividad moderada suficiente como para dar inicio a la situación de prealerta, y luego una moderada-creciente que indique una intensificación importante del fenómeno.
Esta situación no supone peligro a la población como para dar orientaciones específicas, por lo que las informaciones a la población se ceñirán a informar de la nueva condición volcánica de prealerta pero que no existen condiciones para tomar acciones de protección.
El Cabildo Insular en coordinación con los ayuntamientos afectados tiene la competencia de la dirección en esta situación.
2) Semáforo Amarillo: Situación de Alerta.
Ocurre cuando el Comité Científico, basándose en el resultado de los análisis, informa a la Dirección del Plan de que los niveles de actividad son lo suficientemente intensos como para comenzar la alerta a la población. Se definen con mayor precisión las zonas de peligrosidad volcánica. Protección Civil evalúa la vulnerabilidad de las zonas de influencia que orienten los planes de evacuación y el desarrollo de la logística.
La declaración de esta situación se remitirá por el CECOES 1-1-2, CECOPINES y CECOPALES, a través de los medios que estimen oportunos los organismos y entidades del Plan.
En situación de alerta se establecerán las medidas de prevención y limitación de actividades que se consideren necesarias por parte de las diferentes administraciones canarias.
En esta situación deberán activarse los mecanismos para la actualización de la información e iniciarse las tareas de preparación que permitan disminuir los tiempos de respuesta ante una posible intervención. Se establecerán por parte de los órganos correspondientes las medidas limitativas y prohibitivas para reducir el riesgo volcánico. Asimismo, puede declararse esta situación en caso de erupción volcánica sin riesgo para la población.
Esta etapa del proceso de gestión, el Plan se enfocará hacia preparar la evacuación preventiva.
El cambio a situación de alerta trae consigo la emisión de avisos y comunicados a las instituciones que corresponda y las orientaciones de autoprotección a través de los medios de comunicación, y se hace llegar a las poblaciones de riesgo directo el plan de evacuación previsto y las recomendaciones de cómo actuar. En esta situación se pasa a semáforo amarillo como medio visual para que la población conozca que es el momento de prepararse ante una posible evolución desfavorable del fenómeno.
El Cabildo Insular en coordinación con los ayuntamientos afectados tiene la competencia de la dirección de esta situación de alerta a través de sus correspondientes Planes de Actuación Insular por Riesgo Volcánico o en su defecto mediante el Plan de Emergencias Insular (PEIN).
3) Semáforo Naranja: Situación de Alerta Máxima.
La alerta máxima se realizará con una predicción a muy corto plazo y es una acción que tiene por objeto inducir de forma inmediata al que la recibe a tomar medidas que le protejan de los riesgos o amenazas a los que está expuesto. En esta situación se lleva a cabo la evacuación preventiva de la población, siendo esta situación declarada por el Director/a del PEVOLCA.
En esta situación los registros de sismicidad, deformación del terreno y datos geoquímicos advierten de una erupción inminente. El Comité Científico informará a la Dirección del Plan de la necesidad de tomar acciones inmediatas de protección para los habitantes de las zonas determinadas como más probables de recibir impacto. También se declarará esta situación en caso de erupción volcánica sin riesgo para la población.
La declaración de esta situación se remitirá por el CECOES 1-1-2, CECOPINES y CECOPALES, a través de los medios que estimen oportunos los Organismos y Entidades del Plan.
El cambio a situación de alerta máxima traerá consigo el cambio al semáforo naranja, estando todos los servicios operativos listos, emitiéndose avisos y comunicados a las instituciones que corresponda y orientaciones de autoprotección a través de los medios establecidos por el Gabinete de Información. Se hace llegar a las poblaciones de riesgo directo las órdenes de inicio de la evacuación preventiva si pueden verse afectadas por la erupción.
Los medios de extinción pertenecientes a los Operativos de Incendios Forestales permanecerán en situación de disponibilidad absoluta para hacer frente, en primera instancia, a los incendios que se produzcan.
La población recibirá información permanente a lo largo del día, transmitiéndoles seguridad y permitiendo capacidad de reacción ante el posible cambio de las condiciones, en los lugares establecidos de información y apoyo.
El Cabildo Insular en coordinación con los ayuntamientos afectados tiene la competencia de la dirección de esta situación de alerta máxima a través de sus correspondientes Planes de Emergencias.
4) Semáforo Rojo. Situación de Emergencia.
La situación de emergencia del PEVOLCA se inicia cuando se confirma la erupción volcánica y ésta supone un riesgo para la población o infraestructuras fundamentales. En el caso de que la erupción volcánica no suponga riesgo para la vida de las personas se mantendrá el semáforo en color naranja situación de alerta máxima o incluso en color amarillo en situación de alerta.
Esta situación de extremo riesgo para la vida de las personas requiere de la aplicación inmediata de todos los medios y recursos del Plan. En esta fase se hacen evidentes los procesos eruptivos y la propia salida del material magmático a la superficie. En esta situación se debe haber completado la evacuación de toda la población bajo riesgo, y en caso de que ésta no se haya podido culminar, se procederá a la evacuación obligatoria.
El cambio a situación de emergencia traerá consigo el cambio a semáforo rojo.
La calificación de los niveles operativos será efectuada por el Director/a del Plan con la información propuesta por el Director/a Técnico. Dicha calificación podrá variar de acuerdo con la evolución de la emergencia.
Del cambio de un nivel de activación del Plan a otro deberá quedar constancia en el CECOES 1-1-2, conforme a los procedimientos que en su momento se establezcan.
En situación de emergencia el cambio de Nivel (0-1, 2 ó 3) a niveles superiores o inferiores será por decisión de la Dirección del Plan.
NIVEL 0 - 1. Insular.
NIVEL 2. Autonómico.
NIVEL 3. Estatal.